Desde las 8:00 de la mañana de este viernes, comenzó oficialmente la veda electoral en toda la Argentina, en el marco de las elecciones legislativas nacionales que se celebrarán el domingo 26 de octubre de 2025. Durante este período, rigen una serie de restricciones legales destinadas a garantizar que los votantes puedan decidir su voto en un clima de reflexión, sin influencias políticas ni propagandísticas.

Regulada por el Código Electoral Nacional (Ley N.º 19.945), la veda prohíbe actividades proselitistas, difusión de encuestas y espectáculos de carácter político, y se extenderá hasta las 21:00 del domingo, tres horas después del cierre de los centros de votación.

Qué es la veda electoral

La veda electoral busca proteger la libertad de conciencia de los votantes y asegurar condiciones de igualdad entre los partidos. Durante estas horas previas a los comicios, se suspende toda difusión de mensajes políticos, actos públicos o publicidad partidaria, tanto en medios tradicionales como en redes sociales.
Desde la Cámara Nacional Electoral (CNE) explicaron: “Es el momento en que se apagan los micrófonos de la política y se enciende el derecho ciudadano a decidir libremente”.

Qué está prohibido durante la veda

El artículo 71 del Código Electoral Nacional establece una lista de conductas vedadas para candidatos, partidos, medios y ciudadanos. Entre las principales:

  • Realizar actos públicos o manifestaciones políticas.
  • Difundir encuestas, sondeos o estudios de opinión.
  • Hacer proselitismo o propaganda electoral, incluso por redes sociales.
  • Vender o consumir bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta tres horas después de la votación.
  • Portar banderas, símbolos o distintivos partidarios a menos de 80 metros de los centros de votación.
  • Organizar espectáculos o reuniones de carácter político.
  • Abrir locales partidarios cerca de las escuelas donde se vota.
  • Entregar boletas fuera del cuarto oscuro.

Durante la jornada del domingo, no se podrán difundir bocas de urna, resultados anticipados ni encuestas antes de las 21:00, hora en la que comenzará la publicación del escrutinio provisorio oficial.

Qué está permitido

Pese a las restricciones, la vida cotidiana continúa con normalidad. Los comercios, restaurantes y espectáculos pueden funcionar, siempre que no incluyan propaganda política. Los medios pueden informar sobre cuestiones logísticas del proceso electoral —como horarios, padrones y protocolos— pero deben abstenerse de emitir mensajes partidarios.

En redes sociales, los usuarios pueden expresar opiniones personales, aunque no pueden pedir el voto ni promocionar candidatos.

Sanciones por violar la veda

Las infracciones pueden derivar en multas de entre $10.000 y $100.000arrestos de hasta seis meses o inhabilitaciones temporales, según la gravedad. También se contempla la clausura de locales que incumplan las normas o sanciones administrativas a candidatos y funcionarios.

La CNE recordó que “las sanciones buscan evitar cualquier intento de manipulación o influencia sobre el electorado y preservar el clima de tranquilidad durante la elección”.

Dónde denunciar violaciones

Los ciudadanos pueden denunciar infracciones a la veda a través de los siguientes canales oficiales:

Cada reporte será evaluado por la Justicia Electoral o el Ministerio Público Fiscal, que tienen la obligación de intervenir ante posibles violaciones.

Con la implementación del nuevo sistema de Boleta Única de Papel, la Justicia busca garantizar comicios más transparentes y un entorno electoral libre de presiones externas.