El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick suspendió de manera cautelar los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, impulsada por el Gobierno nacional.
La medida responde a un pedido del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, que sostuvo que esas normas afectaban el ejercicio de la profesión, el cobro de honorarios y las garantías de los trabajadores.
Qué establecían los artículos suspendidos
Artículo 10: disponía que, si se comprobaba una sobreestimación de los montos reclamados en un juicio laboral, el trabajador y su abogado debían pagar las costas en forma solidaria. Para el juez, la redacción “carece de claridad” y solo el magistrado de cada causa puede evaluar si hubo culpa o negligencia. También recordó que la gratuidad es el principio general para el trabajador.
Artículo 56: permitía pagar las condenas en cuotas: hasta seis para las grandes empresas y hasta doce para las pymes. El fallo señaló que la norma no distingue entre el capital de la condena y los honorarios, que según la ley deben abonarse dentro de los diez días de quedar firme la regulación.
Qué alcance tiene la medida
Mientras dure la cautelar vuelven a regir los textos anteriores de la Ley de Contrato de Trabajo en esos puntos. La suspensión se mantendrá hasta que haya sentencia definitiva o por un máximo de tres meses.
No se trata de una declaración de inconstitucionalidad: la decisión se tomó en el marco de un amparo colectivo que sigue en trámite. La presidenta del Colegio, Alejandra García, celebró el fallo, aunque remarcó que todavía no resuelve el fondo de la cuestión.






