El Gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Tránsito para actualizar las condiciones de circulación de los vehículos de carga. La medida incorpora nuevas tecnologías de propulsión y redefine los límites de dimensiones para camiones y bitrenes.

El Gobierno nacional oficializó una modificación en la reglamentación de la Ley de Tránsito mediante el Decreto 689/2026, que introduce cambios en las condiciones de circulación de los vehículos de transporte de carga y habilita nuevas configuraciones para unidades impulsadas por energías alternativas.

La norma, publicada en el Boletín Oficial, lleva las firmas del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Diego Santilli.

Qué cambia con el nuevo decreto

La reglamentación reemplaza el Anexo R del Decreto 779/1995, actualizando los parámetros sobre pesos y dimensiones máximas permitidas para los vehículos destinados al transporte de cargas.

Según el Ejecutivo, el objetivo es adecuar la normativa a las nuevas tecnologías disponibles y promover un transporte más eficiente desde el punto de vista energético.

Se habilitan nuevas motorizaciones

Uno de los principales cambios es la incorporación de vehículos de carga impulsados por tecnologías alternativas.

La normativa contempla especialmente:

  • Camiones con motores a Gas Natural Comprimido (GNC) de fábrica.
  • Vehículos híbridos.
  • Camiones 100% eléctricos.

De acuerdo con el Gobierno, la medida también busca impulsar el uso del gas natural como combustible para el transporte pesado, aprovechando la disponibilidad de recursos provenientes de Vaca Muerta.

Nuevas dimensiones para camiones y bitrenes

El decreto también modifica las dimensiones máximas permitidas para distintos tipos de vehículos de carga.

Los nuevos límites serán:

  • Tractocamión con articulación simple: hasta 19,60 metros de longitud.
  • Bitrén B1: hasta 23,40 metros.
  • Bitrén B2: hasta 26,50 metros.
  • Bitrén B3: hasta 31,25 metros.

Estas configuraciones también podrán aplicarse a unidades equipadas con motorizaciones híbridas o eléctricas.

La Secretaría de Transporte podrá actualizar la normativa

El decreto faculta además a la Secretaría de Transporte para dictar futuras disposiciones que permitan adaptar las configuraciones habilitadas conforme avance la tecnología del sector automotor.

Desde el Gobierno señalaron que esta herramienta permitirá actualizar la reglamentación sin necesidad de modificar nuevamente el decreto, acompañando la evolución de la industria y las nuevas alternativas de movilidad para el transporte de cargas.