Este domingo 7 de septiembre se realizan las elecciones legislativas en la provincia de Buenos Aires, donde más de 14 millones de personas están habilitadas para votar. Sin embargo, quienes no concurran a las urnas y no justifiquen su ausencia deberán afrontar una multa prevista por la Ley Electoral Provincial N° 5109.
Cuánto cuesta la multa por no votar
El régimen vigente establece sanciones que van de $50 a $500. Aunque en su momento los montos pudieron tener un efecto disuasorio, hoy la inflación los volvió prácticamente simbólicos:
- Un caramelo individual cuesta alrededor de $200.
- Una bolsa surtida de 128 gramos ronda los $2.630.
En otras palabras, la multa mínima equivale a menos de la quinta parte de un paquete de caramelos.
Quiénes están obligados a votar
El sufragio es obligatorio para todas las personas con ciudadanía argentina, de entre 18 y 70 años, que tengan residencia en la provincia de Buenos Aires.
Quedan exceptuados quienes:
- Estén a más de 500 km del lugar de votación.
- Tengan un problema de salud debidamente certificado.
- Hayan atravesado un impedimento de fuerza mayor comprobable.
Cómo justificar la ausencia
Quienes no puedan votar deberán presentar la justificación ante la Junta Electoral dentro de los 60 días posteriores a la elección, es decir, hasta el 6 de noviembre.
En caso contrario, serán incorporados al Registro de Infractores, lo que implica restricciones para realizar trámites en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires durante un año, a menos que se abone una multa complementaria de $100, según figura en la Dirección Nacional Electoral.






