Este domingo 7 de septiembre se realizan las elecciones legislativas en la provincia de Buenos Aires, donde más de 14 millones de personas están habilitadas para votar. Sin embargo, quienes no concurran a las urnas y no justifiquen su ausencia deberán afrontar una multa prevista por la Ley Electoral Provincial N° 5109.

Cuánto cuesta la multa por no votar

El régimen vigente establece sanciones que van de $50 a $500. Aunque en su momento los montos pudieron tener un efecto disuasorio, hoy la inflación los volvió prácticamente simbólicos:

  • Un caramelo individual cuesta alrededor de $200.
  • Una bolsa surtida de 128 gramos ronda los $2.630.

En otras palabras, la multa mínima equivale a menos de la quinta parte de un paquete de caramelos.

Quiénes están obligados a votar

El sufragio es obligatorio para todas las personas con ciudadanía argentina, de entre 18 y 70 años, que tengan residencia en la provincia de Buenos Aires.

Quedan exceptuados quienes:

  • Estén a más de 500 km del lugar de votación.
  • Tengan un problema de salud debidamente certificado.
  • Hayan atravesado un impedimento de fuerza mayor comprobable.

Cómo justificar la ausencia

Quienes no puedan votar deberán presentar la justificación ante la Junta Electoral dentro de los 60 días posteriores a la elección, es decir, hasta el 6 de noviembre.

En caso contrario, serán incorporados al Registro de Infractores, lo que implica restricciones para realizar trámites en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires durante un año, a menos que se abone una multa complementaria de $100, según figura en la Dirección Nacional Electoral.