El Gobierno nacional reglamentó este lunes aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por la administración de Javier Milei, introduciendo modificaciones en materia de convenios colectivos, representación sindical, recibos de sueldo y regularización de trabajadores no registrados.
Las nuevas disposiciones quedaron formalizadas mediante los decretos 407 y 409 de 2026, publicados en el Boletín Oficial, y forman parte del proceso de implementación de la denominada modernización laboral.
Uno de los puntos más relevantes de la reglamentación está vinculado a los convenios colectivos de trabajo. La normativa establece criterios para determinar cuándo un convenio podrá considerarse vencido y habilita procesos de renegociación en aquellos casos donde no exista una fecha de finalización claramente definida.
Además, se fijaron nuevos límites para aportes, contribuciones y otras cargas económicas establecidas en acuerdos laborales. Según el esquema aprobado, estos conceptos deberán analizarse de manera conjunta para verificar el cumplimiento de los topes previstos por la legislación vigente.
La reglamentación también introduce cambios en el funcionamiento de las asociaciones sindicales. Entre ellos, dispone que los cuerpos directivos mantengan una proporción razonable respecto de la cantidad de afiliados y establece mecanismos de control sobre la representación gremial mediante cruces de información con registros previsionales y otras bases de datos oficiales.
En cuanto a la actividad sindical dentro de los lugares de trabajo, se determinó que las licencias gremiales deberán coordinarse con las necesidades operativas de cada empresa y comunicarse con una anticipación mínima establecida por la normativa.
Otro de los cambios importantes será la implementación de un nuevo modelo de recibo de sueldo. El documento incorporará un apartado específico destinado a reflejar el costo laboral total asumido por el empleador, incluyendo aportes a la seguridad social, obra social, ART, contribuciones sindicales y otros conceptos asociados a la relación laboral.
Por otra parte, la reforma redefine el funcionamiento de las empresas de servicios eventuales, establece nuevas reglas para contratos discontinuos y crea mecanismos digitales para la registración y control de estas actividades.
Asimismo, se dispuso que los certificados médicos laborales deberán emitirse de manera electrónica a través de plataformas habilitadas, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas.
Regularización de trabajadores no registrados
A través de otra de las reglamentaciones, el Gobierno puso en marcha un régimen especial destinado a promover la registración de trabajadores informales en el sector privado.
La iniciativa contempla beneficios para los empleadores que adhieran voluntariamente al programa, incluyendo importantes reducciones en deudas vinculadas a aportes y contribuciones previsionales.
Según el esquema oficial, las micro y pequeñas empresas podrán acceder a condonaciones de hasta el 90% de determinadas obligaciones, mientras que las medianas y grandes empresas contarán con porcentajes menores de reducción.
Además, la normativa prevé facilidades de pago para cancelar los montos remanentes y establece que los períodos laborales regularizados serán reconocidos para futuras prestaciones previsionales y beneficios de la seguridad social.
Desde el Gobierno sostienen que las medidas buscan fomentar la formalización del empleo, reducir costos laborales y modernizar las relaciones de trabajo. En tanto, sectores sindicales y organizaciones laborales cuestionan algunos aspectos de la reforma y advierten sobre posibles impactos en derechos adquiridos por los trabajadores.






