La Justicia federal rechazó suspender de manera inmediata el traslado del sable corvo del general José de San Martín, dispuesto por el Poder Ejecutivo para su reubicación desde el Museo Histórico Nacional al Regimiento de Granaderos a Caballo. No obstante, la jueza a cargo del caso ordenó una batería de informes y medidas de control antes de resolver la cautelar de fondo, con foco en la custodia, conservación y acceso público de la pieza histórica.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal que encabeza Macarena Marta Giménez, al analizar un planteo de herederos del donante del sable. Los demandantes sostienen que la donación realizada a fines del siglo XIX habría tenido como condición que el objeto permaneciera en el museo, y que el cambio de destino vulnera el derecho colectivo al patrimonio cultural.

Al evaluar la solicitud de una medida interina, la magistrada concluyó que en esta etapa no se reúnen los requisitos para frenar el traslado. Señaló que no está acreditado, por ahora, que la donación haya sido “con cargo” ni que el Estado esté incumpliendo una obligación exigible. También recordó que el sable no siempre estuvo en el museo: entre 1967 y 2015 permaneció bajo custodia del Regimiento de Granaderos sin objeciones judiciales, y remarcó que los actos del Poder Ejecutivo gozan de presunción de legitimidad, con un control judicial acotado a legalidad y razonabilidad.

Sin embargo, la jueza aclaró que el rechazo no anticipa una definición sobre la cautelar principal. En ese marco, ordenó al Estado nacional que, en cinco días, presente el informe previo previsto por la Ley 26.854. Además, requirió documentación al Boletín Oficial, a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, al Regimiento de Granaderos a Caballo y a un instituto universitario especializado en conservación de bienes culturales, para detallar destino, medidas de seguridad, protocolos de preservación y régimen de exhibición pública.

Por último, intimó a los accionantes a acreditar de manera fehaciente su vínculo hereditario con el donante original del sable, al considerar insuficiente la documentación aportada hasta ahora. La causa continuará con estos informes como base para la próxima resolución judicial.